VISTO: El valioso potencial que tiene el Tango en la República Oriental
del Uruguay como parte fundamental de su identidad cultural y la necesidad
de crear un espacio interinstitucional para la coordinación de políticas
públicas dedicadas a este tema.
RESULTANDO: I) que el Tango ha sido declarado Patrimonio Cultural
Inmaterial de la Humanidad por la Organización de las Naciones Unidas para
la Educación, la Ciencia y la Cultura, en el mes de setiembre del año
2009;
II) que según el plan estratégico de internacionalización de su música,
Uruguay cuenta con el Tango como marca mundialmente conocida y debe
rentabilizarla;
III) que se deben apoyar los géneros propios reconocidos mundialmente como
marcas musicales establecidas para el Uruguay mediante acuerdos entre
instituciones privadas y gubernamentales que promuevan su imagen exterior;
IV) que tanto Montevideo como Buenos Aires comparten el nacimiento, la
tradición y la pasión por el Tango, parte fundamental de la identidad
cultural nacional y rioplatense, habiendo impulsado ambas ciudades en
forma conjunta su declaración como Patrimonio Cultural Inmaterial de la
Humanidad.
CONSIDERANDO: I) que el Tango es una expresión genuina y popular de
Uruguay, de gran interés turístico y cultural y por tanto justifica del
apoyo y la inversión de recursos tanto públicos como privados;
II) que es necesario promover una política de Estado en torno al Tango,
con el fin de obtener su proyección nacional e internacional;
III) que la acción coordinada de los distintos órganos del Poder Ejecutivo
es una herramienta útil para optimizar el uso de los recursos de la
sociedad en materia cultural, turística y de comunicación con los
uruguayos en el exterior;
IV) que el Poder Ejecutivo debe fortalecer las políticas de coordinación
entre las instituciones públicas y privadas, a fin de fomentar la
cooperación y trabajo en redes.
ATENTO: A lo precedentemente expuesto.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Créase la Comisión Interministerial de Apoyo al Tango y el Candombe, que será integrada por el Ministerio de Educación y Cultura, el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Ministerio de Turismo, quienes nombrarán respectivamente un delegado titular y un delegado alterno. La Comisión operará en la órbita del Ministerio de Educación y Cultura. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 191/018 de 25/06/2018 artículo 1.
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 257/012 de 10/08/2012 artículo 1.
JOSÉ MUJICA - LUIS ALMAGRO - RICARDO EHRLICH - LILIAM KECHICHIAN