(Selección de los representantes) Los representantes por los Usuarios
(artículo 5°) y los representantes por la Sociedad Civil (artículo 6°)
serán seleccionados por el MVOTMA, asegurando el más alto grado de
representatividad de los principales intereses involucrados.
El MVOTMA propondrá al Consejo Regional de Recursos Hídricos
correspondiente la nómina de instituciones seleccionados por los Usuarios
y Sociedad Civil.
El Consejo Regional definirá la integración definitiva de la Comisión de
Cuenca o Acuífero en cuestión.-