APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BSE. EJERCICIO 2002




Promulgación: 10/07/2002
Publicación: 16/07/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2002
  •    Página: 67
Referencias a toda la norma

Artículo 6

 Los funcionarios presupuestados o contratados, a quienes se asigne 
transitoriamente las funciones que a continuación se detallan percibirán 
mientras dure el desempeño de estas, una partida complementaria por la 
diferencia que existe entre las remuneraciones de su cargo y los 
respectivos grados de la escala. El otorgamiento de funciones a partir 
del 1º de enero de 1998, será vía concurso. Todas las funciones serán 
objeto de revisión periódica a efectos del mantenimiento de las mismas, 
según lo establezca la reglamentación.

Función                                       GEPU                 Cant.
Gerente Administrativo CSM                      57 ***               1
Gerente Regional                                55 **                5
Asesor de Gerencia                              50                   1
Técnica en Prensa y RRPP                        45                   1
Jefe de Coordinación                            43                   1
Publirrelacionista                              41                   1
Coord. De Fisc. de Acc. Trabajo                 41                   2
Asistente Social                                36                   1
Publirrelacionista Adjunto I                    32                   2
Publirrelacionista Adjunto II                   28                   3
Operador de Procesam. Gráfico                   18                   1
Médico Jefe de Departamento                     48.1 *               4
Médico Jefe de Servicio                         45.1 *              10

* - Con fecha 20.7.88 el Directorio resolvió que las ubicaciones 
presupuestales para las funciones asignadas a los médicos de la C.S.M. 
que cumplen horario completo, serán las siguientes:

Función                                                 GEPU
Médico Jefe de Departamento                              52
Médico Jefe de Servicio                                  49

** Estas funciones solo pueden otorgarse a funcionarios que tengan el 
cargo de Gerente de División Sucursales y Agencias (Categoría NII, grado 
1).
*** Esta función solo puede otorgarse al funcionario que tengan el cargo 
de Gerente de División y desempeñe sus tareas en la División Central de 
Servicios Médicos.
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