CREACION DE LA UNIDAD DE COORDINACION Y DESARROLLO DEPORTIVO (UCDD)




Promulgación: 09/09/2014
Publicación: 19/09/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2014
  •    Página: 425
VISTO: que el Ministerio de Defensa Nacional ha definido como una de sus
líneas de acción, el desarrollo de una política deportiva tendiente al
fortalecimiento Institucional del deporte en el ámbito de sus recursos
materiales y humanos, teniendo en vista que la misma se constituya, a su
vez, en un agente dinamizador de las Instituciones Deportivas de la
Sociedad Civil con las que se interactuará en el marco de los históricos
vínculos existentes.

RESULTANDO: I) que la preparación físico-atlético-deportiva es una
constante en la formación y entrenamiento del Personal Militar,
respondiendo a un requerimiento especifico del estatuto militar.

II) que la contribución que el Ministerio de Defensa Nacional y sus
Fuerzas Armadas han realizado al Deporte Nacional se remonta a los
orígenes de la organización deportiva en nuestro País, así como al inicio
de la formación docente específica.

CONSIDERANDO: I) que por el Decreto 113/980 de 26 de febrero de 1980 se
creó la Comisión de Deportes de las Fuerzas Armadas del Uruguay, con la
finalidad de elevar el nivel técnico del deporte y la cultura física, así
como propiciar la participación de los integrantes de las Fuerzas Armadas
en competencias nacionales e internacionales, la que actualmente depende
de la Dirección General de Secretaría, por aplicación de lo dispuesto por
el Decreto 248/004 de 20 de julio de 2004.

II) que la creación de una adecuada organización interna del deporte a
nivel de las Fuerzas Armadas, ha permitido en los Países que la poseen,
lograr la más íntima integración entre las distintas ramas de las Fuerzas
Armadas, lo que conlleva a elevar el nivel técnico del deporte y la
cultura física, fomentando además, los lazos de compañerismo y espíritu de
cuerpo entre sus integrantes; por lo que la presente iniciativa
materializa dicha filosofía, con el objetivo de fortalecer el deporte
existente, lo que permitirá a las Fuerzas Armadas del Uruguay, estar
altamente representadas en los distintos torneos y congresos de carácter
internacional.

III) que es un hecho notorio y científicamente comprobado, los beneficios
que derivan de un adecuado ejercicio físico en la salud humana, así como
sus efectos como dinamizador de lazos interpersonales e integración entre
el personal que comparte funciones, por lo que resulta imprescindible
incluir también el fomento del deporte a nivel de todo el personal de la
Cartera de Defensa.

IV) que en el contexto actual se considera necesario contar con una Unidad
de Coordinación y Desarrollo Deportivo con dependencia directa del Jerarca
de la Cartera, a los efectos de la aplicación de la línea de acción
referida en el Visto.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por el Departamento
Jurídico-Notarial del Ministerio de Defensa Nacional, a lo dispuesto por
el artículo 55, por el literal D) del artículo 61, por el literal D) del
artículo 137 del Decreto-Ley 14.157 (Orgánico de las Fuerzas Armadas) de
21 de febrero de 1974 y por los artículos 5, 14 y 15 de la Ley Marco de
Defensa Nacional 18.650 de 19 de febrero de 2010.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Crear la Unidad de Coordinación y Desarrollo Deportivo (UCDD), la que
dependerá directamente del Ministro de Defensa Nacional.

JOSÉ MUJICA - ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO
Ayuda