El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: el artículo 5° de la Ley N° 19.292, de 16 de diciembre de 2014, en la redacción dada por la Ley N° 19.685, de 26 octubre de 2018 y el Decreto reglamentario N° 86/015, de 27 de febrero de 2015;
RESULTANDO: que la citada Ley establece que las Organizaciones Habilitadas con Igualdad de Género (OH+G) serán aquellas en las que se verifique al menos la participación de las mujeres en la gestión de la organización y del sistema productivo de acuerdo a lo que establezca la reglamentación de dicha Ley;
CONSIDERANDO: que es necesario fijar el porcentaje de participación de mujeres en las Organizaciones Habilitadas con igualdad de Género, para que sean consideradas tales;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y el numeral 4° del artículo 168 de la Constitución de la República;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Este artículo agregó a: Decreto Nº 86/015 de 27/02/2015 artículo 1 inciso
2º).
LACALLE POU LUIS - LUIS ALBERTO HEBER - FRANCISCO BUSTILLO - AZUCENA ARBELECHE - JAVIER GARCÍA - PABLO DA SILVEIRA - JOSE LUIS FALERO - WALTER VERRI - PABLO MIERES - DANIEL SALINAS - FERNANDO MATTOS - REMO MONZEGLIO - IRENE MOREIRA - MARTÍN LEMA - ADRIAN PEÑA