Visto: la gestión promovida por La Dirección Nacional de Transporte,
tendiente a la fijación del valor del Impuesto a los Ejes correspondiente
al presente Ejercicio.
Resultando: que el Ministerio de Transporte y Obras Públicas -previo
asesoramiento de su Auditoría Interna y de la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto- propicia se fije el valor de dicho Impuesto en la suma de N$
1.520,00.
Considerando: que de acuerdo a lo establecido por el artículo 1º del
decreto-ley 15.315 del 23 de agosto de 1982, corresponde al Poder
Ejecutivo la actualización del Impuesto de referencia,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Fíjase en N$ 1.520,00 (nuevos pesos mil quinientos veinte) el valor del
Impuesto a los Ejes, correspondiente al año 1986.