FUNCIONARIOS PUBLICOS - INCENTIVO AL RENDIMIENTO




Promulgación: 15/05/1991
Publicación: 14/06/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: Addenda
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1991
  •    Página: 185
Referencias a toda la norma

Artículo 10

  Los incisos o Unidades Ejecutoras en los que la Ley establezca
incentivos al rendimiento en base a parámetros distintos de los
establecidos en el artículo 9º, deberán reglamentar el régimen para su
otorgamiento. Dicha reglamentación deberá contemplar en lo pertinente las
disposiciones del presente Decreto y será comunicada a la Contaduría
General de la Nación previamente a su aplicación. 
Referencias al artículo
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