FUNCIONARIOS PUBLICOS - INCENTIVO AL RENDIMIENTO




Promulgación: 15/05/1991
Publicación: 14/06/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: Addenda
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1991
  •    Página: 185
Referencias a toda la norma

Artículo 9

    El puntaje total para el otorgamiento del incentivo al rendimiento se
determinará de la siguiente manera:

a)  Al puntaje máximo por asiduidad se le asignará el valor 2;
b)  Al puntaje máximo por rendimiento se le asignará el valor 5;
c)  Al puntaje máximo por destacada dedicación se le asignará el valor 3;
d)  En cada concepto los valores inferiores al máximo se determinará
    proporcionalmente al mismo;
e)  La suma de los valores así resultantes determinará la calificación
final;
f)  Sólo se considerarán aquellos funcionarios cuyos puntajes igualen o
 sobrepasen los respectivos niveles mínimos requeridos en los
artículos 4, 5 y 6. 
Referencias al artículo
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