(Sesiones del Plenario).- El Plenario de la Comisión Técnica de
Protección del Medio Ambiente se reunirá, en sesión ordinaria dos veces al
año, y en sesión extraordinaria por convocatoria de su Presidente, a
requerimiento de éste o por la solicitud de por lo menos seis de sus
miembros.
El Plenario sesionará válidamente cualquiera sea el número de miembros de
presentes, y resolverá, si ello fuera necesario, por mayoría simple de
miembros presentes.
El Presidente del Plenario tendrá doble voto en caso de empate. (*)