(Competencias del Plenario).- Corresponde al Plenario de la Comisión
Técnica Asesora de Protección del Medio Ambiente;
a) aprobar su reglamento de funcionamiento;
b) considerar el plan anual de actividades de la Comisión Técnica
Asesora de Protección del Medio Ambiente, a propuesta del
Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio
Ambiente;
c) considerar la memoria anual de actividades de la Comisión
Técnica Asesora de Protección del Medio Ambiente;
d) tomar conocimiento de las actividades desarrolladas por el
Comité Coordinador;
e) considerar los temas incluídos por su Presidente en el orden
del día, a propuesta de éste o de cualquiera de sus miembros;
f) proponer lineamientos de coordinación interinstitucional de
los organismos públicos con privados que tengan relación o
incidencia respecto de la conservación, defensa y mejoramiento
del ambiente; comunicando al Poder Ejecutivo, toda actuación
contraria a dichos lineamientos;
g) promover la inserción de la dimensión ambiental en las
decisiones de los organismos públicos e instituciones privadas,
así como la inclusión de objetivos ambientales en los programas
y proyectos tendientes al cumplimiento de las competencias de
dichos organismos;
h) proponer al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y
Medio Ambiente, la aprobación de normas, proyectos y demás
iniciativas a que aseguren el cumplimiento de sus cometidos
específicos y, en general, los relacionados con la conservación,
defensa y mejoramiento del ambiente.