DETERMINACION DEL AGUINALDO PARA LA ACTIVIDAD PUBLICA. JUNIO 1989




Promulgación: 31/05/1989
Publicación: 15/06/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1989
  •    Página: 673
    Visto: lo dispuesto por el decreto ley 14.360, de 17 de abril de 1975,
por el cual se faculta al Poder Ejecutivo a abonar en dos veces el sueldo
anual complementario a los funcionarios públicos.

Atento: a lo expuesto.

      El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros.

                               DECRETA:

Artículo 1

    Otórgase a los funcionarios públicos de los Incisos 2 al 28 del
Presupuesto Nacional de Sueldos Gastos e Inversiones al amparo de lo
dispuesto por los artículos 2º del decreto ley 14.360 de 17 de abril de
1975 y 4º del decreto ley 14.985 de 28 de diciembre de 1979, una suma
equivalente a la doceava parte del total de las retribuciones sujetas a
montepío percibidas por cualquier concepto en el período comprendido desde
el 1º de diciembre de 1988 al 31 de mayo de 1989.

Artículo 2

    Comuníquese, publíquese, etc.

SANGUINETTI - ANTONIO MARCHESANO - LUIS BARRIOS TASSANO - RICARDO ZERBINO
CAVAJANI - HUGO M. MEDINA - ADELA RETA - JORGE SANGUINETTI - JORGE PRESNO HARAN - RENAN RODRIGUEZ SANTURIO - RAUL UGARTE ARTOLA - PEDRO BONINO GARMENDIA - JUAN TAFERNABERRY
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