APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BSE. EJERCICIO 1993




Promulgación: 08/06/1993
Publicación: 08/07/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 20

   El Directorio del Organismo podrá proponer adecuaciones a los rubros 0,
"Retribución de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales sobre Servicios
Personales" y 7 "Subsidios y otras Transferencias", con el fin de ajustar
las retribuciones de su personal en períodos no menores de 3 meses ni
mayores de 4 meses.
Para ello se tendrá en cuenta la variación de Indice General de Precio
de Consumo confeccionado por la Dirección General de Estadística y
Censos y sus disponibilidades financieras, así como el convenio suscrito
el 18.4.91 por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto, los Bancos Oficiales y la Asociación de
Empleados Bancarios del Uruguay. 
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