EMISION DE BONOS DEL TESORO EN UNIDADES INDEXADAS




Promulgación: 31/08/2010
Publicación: 08/09/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 706

Artículo 2

 Dispónese la emisión de Bonos del Tesoro en Unidades Indexadas (U.I.), a
30 años de plazo, por hasta la suma de U.I. 4.570.000.000 (cuatro mil
quinientos setenta millones de Unidades Indexadas), con una tasa de
interés pagadera semestralmente de 3,5%, por los montos y en las
condiciones y fechas que determine el Ministerio de Economía y Finanzas.

Los referidos Títulos de Deuda Pública no podrán ser comercializados en el
mercado secundario. El B.C.U. podrá utilizarlos como colaterales en
operaciones financieras de crédito con instituciones de intermediación
financiera de plaza.

La presente autorización tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2010.
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