ADQUISICION DE VEHICULOS AUTOMOTORES POR LA ADMINISTRACION CENTRAL - IMPORTACIONES




Promulgación: 03/07/1985
Publicación: 20/08/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1985
  •    Página: 16
Referencias a toda la norma

Artículo 5

   Créase un Grupo de Trabajo con el cometido de estudiar la
racionalización del parque automotor del Estado y demás Organismos
Públicos, proponiendo sistemas de reposición de vehículos, así como de
adquisiciones de los mismos y de repuestos, que compatibilicen las
necesidades de las dependencias con la oferta nacional, buscando
condiciones de eficiencia en los procedimientos de compra así como en el
uso y mantenimiento de los vehículos. Dicho Grupo de Trabajo funcionará
bajo la órbita de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y estará
integrado además por delegados del Ministerio de Industria y Energía y de
Economía y Finanzas. El mismo se integrará además con la Dirección
General de Comercio Exterior cuando se considere la adquisición de
vehículos armados en origen de acuerdo con lo dispuesto en el artículo
2º. del presente decreto.
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