Facúltese al Organismo a ampliar el crédito presupuestal de los rubros
0 "Retribuciones de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales sobre
Servicios Personales" y 7 "Subsidios y otras Transferencias" para
financiar la incorporación de aquellos funcionarios destituidos y que
sean reintegrados a sus funciones al amparo de las Leyes Nos. 15.737 y
15.783 de fechas 8 de marzo y 28 de noviembre de 1985 respectivamente
y demás disposiciones legales y reglamentarias, dando conocimiento a la
Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal de Cuentas.