DESAFECTACION Y EXPROPIACION DE BIENES INMUEBLES. MALDONADO




Promulgación: 13/08/2012
Publicación: 21/08/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2012
  •    Página: 497

Artículo 2

 Desígnase para ser expropiado por la Administración Nacional de Usinas y
Trasmisiones Eléctricas (UTE) el inmueble ubicado en el departamento de
Maldonado, Localidad Catastral Maldonado, individualizado con el N° 18.726
(p), que consta de un área de 1.095 m2 con 50 dm2, que según plano de
mensura N° 1485 del Departamento de Bienes Raíces, confeccionado por el
Ing. Agrim. Jorge Laviano, se deslinda de la siguiente manera: al noroeste
da frente a la calle N° 21 de 17 m según una recta de 20 m 64 cm; al oeste
da frente a la Calle de 27 m según una recta de 30 m 26 cm que se une con
la anterior según una ochava circular de 7 m 20 cm de longitud y 5 m de
radio; al sureste da frente a la calle N° 20 de 17 m según una recta de 24
m 60 cm que se une con la anterior según una ochava circular de 8 m 51 cm
de longitud y 5 m de radio; y por el noreste linda con la fracción
restante del padrón 18.726 según una recta de 40 m.
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