DEROGACION DE NORMA QUE DETERMINA ASISTENCIA FINANCIERA ESTATAL PARA LA INDUSTRIA CARNICA




Promulgación: 04/07/1984
Publicación: 20/07/1984
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1984
  •    Página: 34

Artículo 3

   La asistencia financiera sólo podrá otorgarse a las empresas que no se
hubieran amparado en el sistema de refinanciación de deudas previsto por
el decreto 167/982, de 13 de mayo de 1982, o que no sean titulares de
créditos avalados por el Ministerio de Economía y Finanzas, en nombre del
Estado, según lo dispuesto por la resolución del Poder Ejecutivo de 10 de
diciembre de 1980 y sus modificativos.
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