CONTRALOR SANITARIO DE LAS PLANTAS DE FAENA




Promulgación: 23/09/1998
Publicación: 30/09/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1998
  •    Página: 554
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.462 de 11/01/1994 artículo 57.
Referencias a toda la norma

Artículo 3

   En caso de dilatoria o negativa, previa intimación en el plazo de 72
horas por medio de telegrama colacionado deberá indefectiblemente dar
cumplimiento a la orden recibida. El incumplimiento o cumplimiento tardío
de la obligación impuesta en la norma legal citada, será pasible de las
sanciones previstas por el art. 285 de la Ley Nº 16.736, de fecha 5 de
enero de 1996.
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