Las importaciones de leche y de productos lácteos en todas sus
modalidades, aportarán la prestación pecuniaria según el siguiente cuadro:
* En la Nomenclatura, las expresiones que figuran entre paréntesis
seguidas de un asterisco, son términos equivalentes a los que
preceden a tales expresiones utilizados en otros países fuera del
ámbito del MERCOSUR.
(1) Para el caso de los "POSTRES LACTEOS" se considera un coeficiente
técnico de 1,2 litros de leche por kilogramo de producto por lo cual
la prestación pecuniaria equivalente en $/Kg es 0,12.
(2) Para el caso del "POLVO PARA PREPARAR POSTRES - MOUSSE DE
CHOCOLATE" se considera un coeficiente técnico de 1,68 litros de
leche por kilogramo de producto por lo cual la prestación pecuniaria
equivalente en $/Kg. es 0,17.
(3) Para el caso del "POLVO PARA PREPARAR POSTRE TIPO MOUSSE MANJARES
SABOR CHOCOLATE ESPECIAL" se considera un coeficiente técnico de 1,85
litros de leche por kilogramo de producto por lo cual la prestación
pecuniaria equivalente en $/kg. Es 0,18
(4) Esta alícuota se aplica al producto "LECHE CHOCOLATADA Y OTRAS
SABORIZADAS".
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 265/010 de
31/08/2010.
Fe de erratas publicada/s:22/02/2011.