El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: la propuesta de reformulación de la estructura organizativa presentada por la Unidad Ejecutora 005 "Dirección General Impositiva" del Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas" que también establece modificaciones en las funciones incluidas en el régimen de Encargaturas.
RESULTANDO: I) que el Decreto N° 337/011 de 22 de setiembre de 2011 establece la actual estructura organizativa de la Administración Tributaria incorporando las modificaciones introducidas por el Decreto N° 166/005 de 30 de mayo de 2005 reglamentario de la Ley N° 17.706 de 4 de noviembre de 2003.
II) que el Decreto N° 94/013 de 18 de marzo de 2013 estableció los principios rectores y las directrices técnicas para la reformulación de las estructuras organizativas.
CONSIDERANDO: I) que dentro del marco de mejora permanente de la Dirección General Impositiva se ha evidenciado la necesidad de realizar ajustes en su estructura organizativa los que se adecuan a los principios rectores y directrices técnicas mencionadas previamente.
II) que se cuenta con el dictamen previo y favorable de la Oficina Nacional del Servicio Civil, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de la Contaduría General de la Nación, en el ámbito de sus respectivas competencias.
III) que se dio cumplimiento a lo dispuesto en la Ley N° 18.508 de 26 junio de 2009.
ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto por el artículo 7 de la Ley N° 19.355 de 19 de diciembre de 2015,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Apruébese el proyecto adjunto de reformulación de la estructura organizativa de la Unidad Ejecutora 005 "Dirección General Impositiva" del Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas" que consta de cuarenta y cuatro fojas y que se considera parte integrante de este Decreto. (*)
(*)Notas:
Ver:Texto/imagen.
Ver en esta norma, artículo:5 (vigencia).
Las referencias que a partir de la vigencia del presente Decreto se realicen al Anexo N° 1 del Decreto N° 166/005 de 30 de noviembre de 2005, deberán considerarse como efectuadas al Anexo N° 1 - Niveles de las Encargaturas - de este Decreto. (*)
(*)Notas:
Ver:Texto/imagen.
Ver en esta norma, artículo:5 (vigencia).
Los funcionarios que accedieron a las Encargaturas de los Departamentos de Recursos Humanos y de Coordinador de Control de Gestión mediante concursos de oposición y méritos de conformidad con la normativa vigente, mantendrán las referidas Encargaturas en los Departamentos Gestión Humana de la División Administración y Gestión Humana, y Organización y Coordinación de Procesos y Procedimientos de la División Planificación, Estudios y Coordinación.