VISTO: el Decreto 65/002 de 8 de febrero de 2002;
RESULTANDO: que por el mismo se declaró prescindible para el
desenvolvimiento de los cometidos sustanciales a cargo del Poder
Ejecutivo conforme a lo establecido por los art. 732 a 736 de la Ley
16.736 de 5 de enero de 1996, entre otros, al inmueble padrón Nº 185.854
propiedad del Ministerio de Industria, Energía y Minería;
CONSIDERANDO: I) que a criterio del Ministerio de Deporte y Juventud, la ubicación de dicho inmueble en una zona densamente poblada lo hace
apropiado para el desarrollo de actividades sociales y deportivas;
II) que es conveniente, en consecuencia, modificar parcialmente el
Decreto citado en el "visto", así como transferir la propiedad de dicho
inmueble y la deuda a que refiere la resolución del Poder Ejecutivo de 16
de marzo de 2001, al patrimonio del Ministerio de Deporte y Juventud;
ATENTO: a lo expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Modifícase el Decreto 65/002 de 8 de febrero de 2002, a fin de excluir
de la nómina de inmuebles declarados prescindibles para el
desenvolvimiento de los cometidos sustanciales a cargo del Poder
Ejecutivo al inmueble padrón 185.854 del Departamento de Montevideo. (*)