DECLARACION COMO EXPORTACION NO TRADICIONAL LA "CARNE COCIDA (CUTS, DINNER, PIC)"




Promulgación: 16/05/1979
Publicación: 07/06/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1979
  •    Página: 1522
Referencias a toda la norma
  Visto: la gestión promovida por Establecimientos Colonia S.A.
solicitando que se declare como exportación no tradicional a la carne
cocida congelada, envasada en bolsas plásticas con el agregado de
gelatinas y eventualmente salsas o especias.

  Resultando: la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria y
Energía entiende que puede accederse a lo solicitado.

  Considerando: del asesoramiento procurado, surge la conveniencia de
declarar exportación no tradicional al producto de referencia.

  Atento: a lo informado por la Asesoría Técnica y Económica del
Ministerio de Industria y Energía, lo dictaminado por la Asesoría Jurídica
de dicha Secretaría de Estado y lo dispuesto por el decreto 756/968 de 18
de diciembre de 1968 (Productos tradicionales y no tradicionales).

  El Presidente de la República

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Declárase comprendida en la definición del artículo 2º del decreto
756/968 de 18 de diciembre de 1968, la exportación de "carne cocida (Cuts,
Dinner, Pie)".

MENDEZ - LUIS H. MEYER - VALENTIN ARISMENDI - JORGE LEON OTERO
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