Visto: El Decreto Nº 179/996, de 13 de mayo de 1996, por el que se
aprobaron modificaciones a los artículos 12º, 14º y 21º del decreto 48/996
de 13 de febrero de 1996, por el cual se aprobó el Presupuesto Operativo,
de Operaciones Financieras y de Inversiones de la Administración de las
Obras Sanitarias del Estado, correspondiente al Ejercicio 1995.
Considerando: I) Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha
informado que en la elaboración del artículo 1º del Decreto Nº 179/996, se
padeció de omisión en la especificación de qué apartado del artículo 12º,
debía ser sustituido.
II) Que debe efectuarse la aclaración correspondiente.
El Presidente de la República
DECRETA: