APROBACION DE LA ESTRUCTURA DE CARGOS DEL INSTITUTO URUGUAYO DE METEOROLOGIA




Promulgación: 27/08/2018
Publicación: 10/09/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 4

   Apruébase la siguiente escala retributiva en base a un régimen de 40 horas semanales de trabajo:

Escalafón
P/C
Profesional
T/C
Técnico
ES
Especialista
AD
Administrativo
S/O
Auxiliar
Grado
Denominación
4
IV
78.140,87
65.224,31
62.194,49
59.164,68
52.095,12
3
III
65.894,06
55.178,09
52.626,66
50.075,24
44.121,93
2
II
59.770,64
48.480,60
46.248,11
44.121,93
38.806,47
1
I
52.626,66
44.121,93
41.995,74
39.975,87
35.262,83
Funciones de conducción
Nivel
Denominación
Salario
Escalafón correspondiente
Nivel organizacional
III.a
Alta conducción
104.726,18
P/C
Área
III.b
Conducción superior
99.739,23
P/C
División
II.a
Conducción
86.729,76
P/C
Departamento
II.b
Alta conducción
82.599,77
T/C, ES, AD
Área
I.a
Conducción superior
71.825,89
T/C, ES, AD
División
I.b
Conducción
68.405,61
T/C, ES, AD
Departamento
Los montos establecidos en las tablas están expresados a valores de 1° de enero de 2018 y se ajustarán con íos incrementos salariales generales que fije el Poder Ejecutivo para los funcionarios civiles.- Las diferencias salariales que surjan de la implementación de ésta escala podrán ser liquidadas y abonarse de forma retroactiva al 1° de enero de este ejercicio.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 5.
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