VISTO: la Ley N° 19.765 de 21 de junio de 2019, que establece el régimen aduanero especial de exportaciones de micro y pequeñas empresas.
RESULTANDO: I) que el artículo 1o de la ley citada permite la exportación definitiva, exenta del pago de todo tributo, de mercadería cuyo valor de factura de exportación no exceda de U$S 2.000 (dos mil dólares de los Estados Unidos de América) y siempre que el exportador sea una micro o pequeña empresa, de acuerdo con lo establecido en el régimen de la Ley N° 16.201 de 13 de agosto de 1991, normas modificativas y reglamentarias.
II) que asimismo instituye que la Dirección Nacional de Aduanas reglamentará un procedimiento de despacho aduanero simplificado y que el Poder Ejecutivo dispondrá los términos, condiciones y límites para que una operación pueda ampararse a este régimen.
III) que el artículo 2° de la mencionada Ley faculta al Poder Ejecutivo a ajustar las características de la intervención del despachante de aduana, a los efectos de la simplificación de los procedimientos y reducción de los costos de los servicios a las micro y pequeñas empresas exportadoras.
IV) que su artículo 3° también faculta al Poder Ejecutivo a establecer condiciones, causales y un procedimiento especial para las devoluciones de la mercadería.
V) que los artículos 127 a 131 del Código Aduanero de la República Oriental del Uruguay prevén disposiciones generales para la regulación de los regímenes aduaneros especiales.
CONSIDERANDO: que corresponde dictar la reglamentación correspondiente.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Acreditación.- Para ampararse al régimen aduanero especial de exportaciones de micro y pequeñas empresas, previsto en la Ley N° 19.765 de 21 de junio de 2019, el exportador deberá acreditar que es una micro o pequeña empresa, de acuerdo con lo establecido en la Ley N° 16.201 de 13 de agosto de 1991, normas modificativas y reglamentarias. Dicha acreditación se efectuará mediante la presentación de un certificado expedido por la Dirección Nacional de Artesanías, Pequeñas y Medianas Empresas del Ministerio de Industria, Energía y Minería.