Decreto N° 271/980
REGULACION DE LA ACTIVIDAD DE LOS SERVICIOS DE DEFENSORIAS DE OFICIO DEL INTERIOR DE LA REPUBLICA
Promulgación: 13/05/1980
Publicación: 03/07/1980
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 1
- Semestre: 1
- Año: 1980
- Página: 1005
Artículo 21
En los juicios de naturaleza laboral intervendrán los Defensores de
Oficio del trabajo, cualquiera sea la edad del reclamante.
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