Visto: el decreto ley 14.178 de Promoción Industrial de 28 de marzo de
1974 y el decreto 681/991 de 31 de enero de 1991.
Resultando: l) Que se declaró de Interés Nacional la actividad de
inversión en la categoría "Complejos Turísticos", por lo que se otorga a
los mismos un conjunto de beneficios tributarios;
II) Que las exoneraciones a otorgar tienen efectos sobre la situación
financiera del Estado.
Considerando: que es conveniente que el Ministerio de Economía y
Finanzas participe en la calificación de "Complejos Turísticos" para
quienes lo soliciten.
Atento: a lo expuesto,
El Presidente de la República
DECRETA: