APROBACION DE LA REDISTRIBUCION DE CARGOS Y FUNCIONES




Promulgación: 29/09/1998
Publicación: 08/10/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1998
  •    Página: 605
 VISTO: los artículos 241, 259, 341 y 432 de la Ley Nº 16.736 de 5 de
enero de 1996;

 RESULTANDO: I) que los artículos citados refieren a la creación de las
Personas Públicas No Estatales "Plan Agropecuario", "Dirección Nacional de
Impresiones y Publicaciones Oficiales" e "Instituto Nacional de
Abastecimiento", suprimiéndose en el Estado, las unidades organizativas
respectivas;

     II) que los mismos prevén la redistribución de los funcionarios cuyos
cargos y funciones contratadas resultaron excedentes como consecuencia de
la supresión de dichas unidades organizativas;

  III) que en el marco de la Reforma del Estado, la redistribución se
realiza a un nuevo cargo o función contratada, que se financia con las
economías producidas en virtud de reestructuras efectuadas en el régimen
de la Ley Nº 16.736 de 5 de enero de 1996;

 CONSIDERANDO: I) que el art. 713 de la Ley Nº 16.736 de 5 de enero de
1996 faculta la reasignación de los créditos presupuestales de los
programas para adecuarlos a los nuevos programas, estructuras y unidades
ejecutoras;

  II) necesario resolver en consecuencia, regulando los aspectos
mencionados;

 ATENTO: a lo expuesto;

                   EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
                 actuando en Consejo de Ministros

                              DECRETA

Artículo 1

    La redistribución de los funcionarios cuyos cargos y funciones
contratadas resultaron excedentes como consecuencia de la creación de las
Personas Públicas no Estatales "Plan Agropecuario", "Dirección Nacional de
Impresiones y Publicaciones Oficiales" e "Instituto Nacional de
Abastecimiento" se realizará a un nuevo cargo o función. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.

Artículo 2

    Los montos correspondientes a la retribución prevista en el inciso
tercero del art. 723 de la Ley Nº 16.736 de 5 de enero de 1996, que
percibía el funcionario, se reasignarán al organismo de destino a efectos
de financiar el nuevo cargo o función referido en el artículo anterior;

Artículo 3

    Dese cuenta a la Asamblea General, comuníquese, notifíquese, etc.

SANGUINETTI - LUIS HIERRO LOPEZ - ROBERTO RODRIGUEZ PIOLI - LUIS MOSCA -
RAUL ITURRIA - YAMANDU FAU - CONRADO SERRENTINO - JULIO HERRERA - ANA LIA
PIÑEYRUA - GUSTAVO AMEN - SERGIO CHIESA - ERNESTO RODRIGUEZ ALTEZ - JUAN
CHIRUCHI
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