FIJACION DE LOS RENDIMIENTOS PORCENTUALES DE LA UVA, VINO, ORUJOS Y BORRAS. COSECHA 1982




Promulgación: 30/07/1982
Publicación: 06/08/1982
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1982
  •    Página: 219

Artículo 5

   Fíjase en 3,1 (tres con uno) quilogramos de orujo sin escobajo, el
rendimiento mínimo, por cada 100 (cien) quilogramos de uva verificada por
la bodega que elabora vino base para cognac.
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