OBLIGACION DE ETIQUETAR EL CALZADO NACIONAL Y EXTRANJERO. INCLUSION MAYOR INFORMACION. DEROGACIONES




Promulgación: 08/06/2009
Publicación: 17/06/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2009
  •    Página: 1399
Referencias a toda la norma

Artículo 8

 (De la competencia). Es competencia de la Dirección General de Comercio a
través del Area Defensa del Consumidor, la inspección de locales,
almacenes, depósitos, fábricas, comercios o cualquier dependencia o
establecimiento, a los efectos de controlar la observancia del presente
Decreto.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 16 (vigencia).
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