CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO N° 18 INDUSTRIA MOLINERA PANADERIAS Y FABRICACION DE PASTAS FRESCAS. SUBGRUPO FIDEERIAS




Promulgación: 03/07/1985
Publicación: 15/07/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 2

   Fíjense las siguientes retribuciones mínimas a nivel nacional para el Sub-Grupo Fideerías, con vigencia desde el 1º de junio de 1985, hasta el 30 de setiembre de 1985:

Empastador o Prensero: N$ 487,63.
Suplente de Empastador o Prensero: N$ 428,28.
Ayudantes Generales: N$ 396,02.
Aprendices/zas: N$ 240.
Empaquetador/a: N$ 380.
Aprendices/zas de Empaquetador: N$ 240.
Cajonería Grande: N$ 396,02.
Chofer entregador: N$ 521,87.
Ayudante de entregador: N$ 428.
Molinero: N$ 487,63.
Mecánico de primera: N$ 756,40.
Mecánico de segunda: N$ 487,63.
Ayudante de mecánico: N$ 439.
Peón General: N$ 396,02.
Sereno: N$ 500.
Carpintero de primera: N$ 756,40.
Ayudante de Carpintero: N$ 487,63.
Electricista: N$ 756,40.
Foguista: N$ 500,00.
Encargado de máquina automática a bobina: N$ 487,63.
Chofer de fábrica: N$ 487,63.
Autoelevadorista: N$ 487,63.
Limpiador/a: N$ 380.
Mantenimiento: N$ 487,63.
Repartidor: N$ 3050 más la comisión del 4,80% sobre las ventas de fideos 
y el 1,80% sobre las ventas de los productos de Molinos que se expide en las fideerías. Si el repartidor no llegase en sus liquidaciones a 
percibir entre sueldo y comisión un salario mínimo nacional, el complemento hasta alcanzar este será abonado por la empresa.
Personal Administrativo: Gerente N$ 36.543.
Sub Gerente: N$ 31.242.00
Contador: N$ 27.468.00.
Cajero: N$ 23.835.00
Jefe de Ventas: N$ 23.835.00.
Jefe de Contaduría: N$ 23.835.00.
Cobrador: (más 2% de comisión) N$ 23,835.
Capataces Generales: N$ 20.139.00.
Tenedor de Libros: N$ 19.745.00.
Cuenta Correntista o Auxiliar 1º: N$ 16.784.00.
Encargado de Almacén y Compras: N$ 16.662.00.
Capataz de sección: N$ 16.233.00.
Cajero de ventas: N$ 15.955.00.
Auxiliar 2º y encargado de controles: N$ 14.288.00.
Cajero auxiliar: N$ 13.025.00.
Auxiliar 3º: N$ 12.600.00.
Auxiliar de ventas: N$ 12.200.00.
Encargado de expedición o empleado de expedición: N$ 20.412.
Auxiliar al ingresar: N$ 10.172.00.
Cadete: N$ 6.095.00.
Viajante, Corredor, Vendedor: 25,249.00.
Telefonista: N$ 11.376.00. Los funcionarios administrativos y de 
dirección recibirán sobre sus sueldos actuales el 22% de aumento en caso de que sus salarios estuviesen por encima de los decretados. Los 
empleados administrativos ingresarán con el mínimo establecido para su categoría pero pasados cuatro meses de actividad efectiva pasarán a ganar el sueldo vigente de la categoría de la Empresa donde presten funciones.
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