VISTO: el Decreto Nº 88/995, de 21 de febrero de 1995.-
CONSIDERANDO: I) la propuesta complementaria presentada por la Dirección
Nacional de Loterías y Quinielas, referente a los cargos y contratos de
función pública comprendidos en lo dispuesto en el artículo 9º de la Ley
Nº 16.462, de 11 de enero de 1994.-
II) que la misma responde a las exigencias preceptuadas en
la referida norma legal.-
ATENTO: a lo expuesto y a los informes técnicos de la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto, Oficina Nacional del Servicio Civil y
Contaduría General de la Nación.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Modifícase el artículo 1º del Decreto Nº 88/995, de 21 de febrero de
1995, en el sentido de incluir en el artículo 1º del mismo, en la Unidad
Ejecutora 008 "Dirección Nacional de Loterías y Quinielas", un Asesor de
la Dirección.-
Comuníquese a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Oficina
Nacional del Servicio Civil, Contaduría General de la Nación y vuelva a la
Dirección Nacional de Loterías y Quinielas a sus efectos.-