EXCEPCION A LA LIMITACION ESTABLECIDA EN EL ART. 105 DE LA LEY ESPECIAL N° 7, RELATIVA A LA PARTIDA POR COMPROMISO DE GESTION DE LA DIRECCION GENERAL DE SECRETARIA
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: lo dispuesto por el artículo 210 de la Ley N° 19.355, de 19 de diciembre de 2015 y el Decreto N° 304/016, de 19 de setiembre de 2016;
RESULTANDO: I) que, por el citado artículo se creó como "incentivo" una compensación por compromisos de gestión en la Unidad Ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría" del Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas";
II) que, dicha partida se abona al personal que cumpla efectivamente funciones en el organismo, cualquiera sea su vínculo funcional, condicionado al cumplimiento de metas anuales de desempeño;
III) que, el Decreto N° 304/016, de 19 de setiembre de 2016, reglamentó los compromisos de gestión de la Dirección General de Secretaría;
CONSIDERANDO: que, por la naturaleza y finalidad de la referida partida, corresponde para su debida aplicación y a efecto de evitar inequidades, exceptuar a la misma de la limitación dispuesta en el inciso primero del artículo 105 de la Ley Especial N° 7, de 23 de diciembre de 1983;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en el numeral 4° del artículo 168 de la Constitución de la República;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Exceptúase la partida por Compromisos de Gestión de la Unidad Ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría" del Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas", de lo dispuesto en el inciso primero del artículo 105 de la Ley Especial N° 7, de 23 de diciembre de 1983.