Visto: la gestión de la Intendencia Municipal de Florida por la que
propone un proyecto de modificaciones de la Ordenanza de la Tasa de
Servicio de Contralor Bromatológico de ese departamento.
Considerando: que esta modificación cuenta con la aprobación de la
Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión y el Acuerdo del
Tribunal de cuentas de la República de fecha 20 de marzo de 1980.
Atento: a lo expuesto precedentemente,
El Presidente de la República
DECRETA:
Cada vez que se ajusta la Tasa Bromatológica se debe cumplir con lo
establecido en el artículo 5 inciso b) del decreto constitucional 3/976
del 1º de setiembre de 1976.