Fíjase con carácter de precios definitivos, los Precios Mínimos de
Exportación provisionales prorrogados o fijados por el decreto 523/990 de
14 de noviembre de 1990 o las resoluciones del Ministerio de Economía y
Finanzas de 21 de diciembre de 1990 y 2 de enero de 1991, para las
mercaderías comprendidas en el presente decreto y en los items NADI
59.02.02.11 y 59.02.02.12, por todo el período de su vigencia.