Los servicios de salud tienen el derecho y el deber de llevar la
historia clínica de cada uno de sus pacientes, en forma escrita o
electrónica.
Los trabajadores de la salud tienen el derecho y el deber de consignar
bajo su firma en la historia clínica los datos e información referidos al
paciente y a su proceso de atención que sean determinados por las
disposiciones vigentes.