Las instituciones de asistencia médica, tanto públicas como privadas que aspiren a formar parte del Sistema Nacional de Residencias Médicas, deberán dar fiel cumplimiento con las normas de acreditación que establezca para tal fin la Escuela de Graduados de la Facultad de Medicina de la Universidad de la República, sin perjuicio de los demás recaudos que surgen de la Ley No. 19.301 de 26 de diciembre de 2014 y del presente Decreto.