APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BANCO HIPOTECARIO DEL URUGUAY. EJERCICIO 2021




Promulgación: 20/08/2021
Publicación: 02/09/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 8

   ESTRUCTURA ESCALAFONARIA. Se establecen las siguientes series de cargos dentro de los respectivos escalafones, ordenados jerárquicamente:

   ESCALAFÓN: GERENCIAL

             SERIE: Gerencial

        CARGOS:
   1.-  Jefe de Departamento
   2.- Gerente de División
   3.- Gerente de Área
   4.- Gerente General

   ESCALAFÓN: ADMINISTRATIVO

             SERIE: Administración

        CARGOS:
   1.- Administrativo 3
   2.- Administrativo 2
   3.- Administrativo 1
   4.- Ejecutivo 2
   5.- Ejecutivo 1/Gerente 2 de Sucursal
   6.- Gerente 1 de Sucursal
   7.- Supervisor de Sucursales 

   ESCALAFÓN: TÉCNICO-PROFESIONAL

             SERIE: Profesional 

        CARGOS:
   1.- Profesional 2
   2.- Profesional 1
   3.- Supervisor Profesional

   Esta Serie del Escalafón Técnico - Profesional comprenderá cargos que sólo podrán ser desempeñados por profesionales universitarios (con título expedido por la Universidad de la República o por Instituciones Universitarias habilitadas) en las áreas de conocimiento relativas a: Administración, Arquitectura, Ciencias Económicas, Economía y Finanzas, Jurídico - Notarial e Ingeniería. En caso de que el Banco requiera un profesional no comprendido en estas áreas de conocimiento, podrá incluirlo siempre que se cuente con la aprobación de la O.N.S.C - O.P.P.

             SERIE: Técnico

        CARGO:

   1.- Técnico

   Esta serie del Escalafón Técnico - Profesional comprenderá cargos que sólo podrán ser desempeñados por profesionales universitarios (con título expedido por la Universidad de la República o por Instituciones Universitarias habilitadas) n las áreas de conocimiento relativas a Administración, Estadística, Jurídico - Notarial, Comunicación, Marketing, Sociología, Recursos Humanos, Psicología y Archivología. En caso de que el Banco requiera un profesional universitario no comprendido en estas áreas de conocimiento, podrá incluirlo siempre que se cuente con la aprobación de la O.N.S.C  y  O.P.P. 

   ESCALAFÓN: SERVICIOS Y OFICIOS

             SERIE: Servicios y Oficios Casa Central

        CARGOS:
   1.- Asistente 2 
   2.- Asistente 1

             SERIE: Supervisión

        CARGO:
   1.- Encargado de Servicios
   2.- Supervisor General

   ESCALAFÓN: INFORMÁTICA

             SERIE: Informática

        CARGOS:
   1.- Operador 2
   2.- Operador 1
   3.- Técnico Informática
   4.- Encargado / Analista Informática

   Este Escalafón comprenderá los cargos que sólo puedan ser desempeñados por quienes posean una especialización en materia informática.
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