FIJACION DEL VALOR DEL SUPLEMENTO SALARIAL SOLIDARIO. 1° DE ENERO DE 2023




Promulgación: 11/09/2023
Publicación: 15/09/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 2

   Fíjase en la suma de hasta $ 64.980 (sesenta y cuatro mil novecientos ochenta pesos uruguayos), el monto correspondiente a los otros ingresos percibidos por el afiliado, sobre los cuales no operará deducción alguna a los efectos del suplemento solidario.
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