APROBACION DE LA REESTRUCTURA PRESUPUESTAL Y RACIONALIZACION ADMINISTRATIVA DEL MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA




Promulgación: 17/05/1979
Publicación: 30/05/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1979
  •    Página: 1549
Fe de erratas publicada/s: 16/08/1979.
Referencias a toda la norma
  Visto: el proyecto de Reestructura y Racionalización Administrativa del
Inciso 8 "Ministerio de Industria y Energía" elevado a consideración del
Poder Ejecutivo.

  Resultando: I) Que dicho Inciso envió en plazo el proyecto de
Reestructura de sus Servicios;

  II) Que la Comisión a que se refiere el artículo 2.o de la ley 14.800
aconsejó al Ministro de Economía y Finanzas y al Secretario de SEPLACODI
su aprobación por el Poder Ejecutivo.

  Considerando: que el proyecto de referencia no produce lesión de
derechos funcionales y la partida utilizada no supera el tope legal.

  Atento: a lo dispuesto por el artículo 2.o de la ley 14.800 de 20 de
junio de 1978,

  El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

   Los Programas 1.02, 1.03 y 1.04 del Inciso 8 se fusionan en un solo
programa que pasará a denominarse: Programa 1.02 "Estudio, Información y
Contralor de la Actividad Industrial" cuya Unidad Ejecutora será la
Dirección de Industrias. Los Programas 1.07, 1.08, 1.09 y 1.18 se fusionan
en un solo programa que se denominará: Programa 1.07 "Instituto Geológico
Ingeniero Eduardo Terra Arocena" cuya Unidad Ejecutora será el Instituto
Geológico del Uruguay.

 Sustitúyese la denominación del Programa 1.16 "Organización Institucional
de Servicios Industriales" por la de "Programa de Asistencia Técnica de la
Unidad Asesora de Promoción Industrial" cuya Unidad Ejecutora, la Unidad
Asesora de Promoción Industrial en Ejercicio de las funciones inherentes a
su cometido podrá disponer la coordinación técnica y administrativa que
requiere el Servicio.

MENDEZ - VALENTIN ARISMENDI - LUIS H. MEYER
Ayuda