Desglose electrónico. Los desgloses electrónicos se realizarán copiando
las actuaciones a desglosar. Si la situación lo requiriere, dichos folios
o actuaciones podrán marcarse como secretos, confidenciales o reservados
en el expediente original.
En todos los casos, se dejará constancia de lo realizado en el expediente
a través de una actuación que dé cuenta de ello, y se deberán marcar las
actuaciones correspondientes como desglosadas.