Capítulo II - Procedimiento Administrativo Electrónico
Artículo 9
Requisitos de presentación inicial. En la comparecencia inicial en
soporte electrónico se deberán indicar los nombres y apellidos del
interesado, y en su caso, de su representante o apoderado, cédula de
identidad o RUT, domicilio real, domicilio electrónico cuando opte por
relacionarse electrónicamente, hechos que fundan la solicitud, lugar y
fecha, órgano al que se dirige y firma.
Si la petición careciere de alguno de los requisitos señalados en este
artículo, o si del escrito no surgiere con claridad cuál es la petición
efectuada, se requerirá a quien la presente que en el plazo de diez días
hábiles salve la omisión o efectúe la aclaración correspondiente, bajo
apercibimiento de mandarlo a archivar, de lo que se dejará constancia en
el escrito de firma de aquél.
Toda modificación de estos datos deberá ser comunicada inmediatamente al
órgano u organismo actuante.