VISTO: el proyecto de presupuesto para el ejercicio 2018 presentado por la Administración del Mercado Eléctrico para su aprobación; RESULTANDO: I) que por el artículo 4 de la Ley N° 16.832, de 17 de junio de 1997, se creó la Administración del Mercado Eléctrico (ADME), como persona pública no estatal con el cometido de administrar el Mercado Mayorista de Energía Eléctrica; II) que el artículo 10 de la mencionada ley prevé que el Poder Ejecutivo deberá aprobar el presupuesto de ADME previo informe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y establecer el monto de la Tasa del Despacho Nacional de Cargas que financiará el presupuesto aprobado; III) que por Decreto N° 395/007 de 24 de octubre de 2007 se estableció el procedimiento de cálculo para la fijación del monto de la Tasa del Despacho Nacional de Cargas; CONSIDERANDO: I) que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto considera con respecto al proyecto de presupuesto de ADME que sus egresos no podrán exceder del monto de $ 131.421.614 (pesos uruguayos ciento treinta y un millones cuatrocientos veintiún mil seiscientos catorce) para la totalidad del año 2018; II) que asimismo la Oficina de Planeamiento y Presupuesto considera que el monto de la Tasa del Despacho Nacional de Cargas debe fijarse en un máximo de $ 4,864 por MWh (pesos uruguayos cuatro con ochocientos sesenta y cuatro centésimos por MWh) estimándose el suministro, exportación o tránsito de energía eléctrica en 11.248.000 MWh durante el año 2018; ATENTO: a lo expuesto precedentemente; EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DECRETA:
Apruébase el presupuesto correspondiente a la Administración del Mercado Eléctrico (ADME) para el ejercicio 2018 conforme al siguiente resumen, que se encuentra desglosado en los antecedentes del presente:
Resumen Presupuesto 2018 |
$ |
% |
Retribuciones Personales Totales |
34.627.775 |
26,35% |
Gastos de Funcionamiento |
8.693.745 |
6,62% |
Gastos de Funcionamiento - Contrato |
82.980.094 |
63,14% |
Inversiones |
5.120.000 |
3,90% |
TOTAL PRESUPUESTO 2018 |
131.421.614 |
100% |
TABARÉ VÁZQUEZ - CAROLINA COSSE - DANILO ASTORIAyuda