INTEGRACION DEL GABINETE SOCIAL




Promulgación: 01/08/2011
Publicación: 15/08/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2011
  •    Página: 309
VISTO: Lo dispuesto por los Decretos Nros. 236/005 de 25 de julio de 2005,
319/005 de 19 de setiembre de 2005 y 486/005 de 21 de noviembre de 2005
sobre creación y ampliación del Gabinete Social y del Consejo Nacional de
Coordinación de Políticas Sociales, como ámbitos de coordinación,
planificación, articulación, seguimiento y evaluación de las políticas
públicas sociales del Estado entre las diversas áreas responsables de su
ejecución;

RESULTANDO: Que al amparo de lo dispuesto por las normas referidas, se han
generado ámbitos de articulación a nivel territorial, denominados Mesas
Interinstitucionales de Políticas Sociales, a los que es necesario dotar
del correspondiente marco jurídico;

CONSIDERANDO: I) Que de conformidad con lo dispuesto en el literal C del
artículo 9 de la Ley Nro. 17.866 de 21 de marzo de 2005, corresponde al
Ministerio de Desarrollo Social "la coordinación de acciones, planes y
programas intersectoriales implementados por el Poder Ejecutivo para
garantizar el pleno ejercicio de los derechos sociales a la alimentación,
a la salud, a la vivienda, al disfrute de un medio ambiente sano, al
trabajo, a la seguridad social y a la no discriminación";

II) Que el Gabinete Social y el Consejo Nacional de Coordinación de
Políticas Sociales, que preside el Ministerio de Desarrollo Social,
constituyen los ámbitos de coordinación y articulación entre las
dependencias y organismos públicos a nivel nacional;

III) Que las Mesas Interinstitucionales de Políticas Sociales contribuirán
a dichos objetivos a nivel territorial, propendiendo a la configuración de
un sistema de políticas sociales a nivel departamental y local coherente
con los propósitos y finalidades del desarrollo y la participación social;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
                     ACTUANDO EN CONSEJO DE MINISTROS

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Créanse las Mesas Interinstitucionales de Políticas Sociales como
espacios de intercambio, articulación y coordinación de las políticas,
planes y programas sociales a nivel territorial.

JOSÉ MUJICA - EDUARDO BONOMI - LUIS ALMAGRO - FERNANDO LORENZO - 
ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO - RICARDO EHRLICH - ENRIQUE PINTADO - 
ROBERTO KREIMERMAN - EDUARDO BRENTA - JORGE VENEGAS - TABARÉ AGUERRE - HÉCTOR LESCANO - GRACIELA MUSLERA - DANIEL OLESKER
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