ADMINISTRACION DE FONDOS PUBLICOS




Promulgación: 09/07/1984
Publicación: 25/07/1984
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1984
  •    Página: 69
  Visto: la gestión de la Cátedra y Departamento de Oncología de la
Facultad de Medicina, dependiente de la Universidad de la República, por
la cual se solicita un tratamiento de excepción con respecto a lo
dispuesto por el decreto 144/983, de 8 de abril de 1983, para los fondos
provenientes del legado instaurado a su favor por la señora Carmen Peirano
Maragliano de Iñiguez.

  Resultando: I) Que el legado mencionado tiene como destino específico el
Departamento de Oncología, dependiente de la Cátedra de Oncología, de la
Facultad de Medicina de la Universidad de la República;

  II) Que de acuerdo con las disposiciones vigentes, los fondos
provenientes de dicho legado fueron depositados en la cuenta oficial Nº
217 (actual Nº 213).

  Considerando: I) Que dicho depósito en la cuenta oficial Nº 213 ocasiona
inconvenientes insuperables en la administración de los fondos, que no
permiten su aprovechamiento pleno en las inversiones proyectadas;

  II) Que el artículo 10 de la ley 14.867, de 24 de enero de 1979 permite
efectuar depósitos y colocaciones a plazo o inversiones financieras, a los
Organismos comprendidos en el Presupuesto Nacional previa autorización del
Ministerio de Economía y Finanzas;

  III) La conveniencia de establecer un régimen especial para los Rubros
del Departamento de Oncología de la Facultad de Medicina de la Universidad
de la República, provenientes del legado de referencia, Programa 1.01 del
Inciso 26 "Universidad de la República".

  Atento: al informe favorable de la Secretaría de Planeamiento,
Coordinación y Difusión, la Contaduría General de la Nación y la Asesoría
Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas,

      El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros

                            DECRETA:

Artículo 1

  Exceptúase al Departamento de Oncología de la Facultad de Medicina de la
Universidad de la República, Programa 1.01 del Inciso 26, del régimen
establecido por el decreto 144/983, de 8 de abril de 1983, con respecto a
los fondos provenientes del legado instaurado a su favor por la señora
Carmen Peirano Maragliano de Iñiguez.

Artículo 2

  Autorízase a dicho departamento a retirar lo depositado en la cuenta
oficial Nº 213 por ese concepto a abrir otra cuenta corriente oficial en
dólares de los Estados Unidos de América, en el Banco de la República
Oriental del Uruguay, donde se depositarán los fondos mencionados.

Artículo 3

  Comuníquese y pase a sus efectos a la Contaduría General de la Nación.

ALVAREZ - JULIO CESAR RAPELA - CARLOS A. MAESO - LIONEL O. RIAL - JUSTO M.
ALONSO - JUAN BAUTISTA SCHROEDER - FRANCISCO D. TOURREILLES - FILIBERTO
GINZO GIL - NESTOR J. BOLENTINI - LUIS A. GIVOGRE - CARLOS MATTOS MOGLIA -
ENRIQUE V. FRIGERIO
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