MODIFICACION DE PRESUPUESTO DE INGRESOS Y EGRESOS EXTRAPRESUPUESTALES. EJERCICIO 1989. COMISION DEL PATRIMONIO HISTORICO ARTISTICO Y CULTURAL DE LA NACION




Promulgación: 14/06/1989
Publicación: 27/09/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   Visto: el Preventivo Anual de Ingresos y Egresos de Fondos Públicos Extrapresupuestales correspondiente al Ejercicio 1989, presentado por la Unidad Ejecutora 008 "Comisión del Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural de la Nación" del Programa 003 "Preservación del Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural de la Nación" del Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura", la cual solicita ampliación e incorporación de proyectos en el Plan de Inversiones Públicas de dicho Ejercicio.

   Resultando: I) Que los referidos proyectos se financiarán con recursos extrapresupuestales y se hallan incluidos en Preventivo presentado;

   II) Que el proyecto de inversión cuya ampliación se solicita es el Nº 722 "Obras de Restauración Monumentos Históricos" en un monto de N$ 140:000.000,00, (nuevos pesos ciento cuarenta millones) que fuera incorporado al Plan de Inversiones Públicas Ejercicio 1989 en la financiación 1.3 "Rentas Generales" por la ley 15.903 de 10 de noviembre de 1987 y por la ley 16.002 de 25 de noviembre de 1988.

   Considerando: que la Unidad Ejecutora gestionante ha ajustado su preventivo a las normas específicas que le rigen y ha cumplido con las demás disposiciones que regulan la materia.

   Atento: a lo dispuesto por los artículos 45º del decreto ley 14.416 de 28 de agosto de 1975 y 89º de la ley 15.809 de 8 de abril de 1986, con la redacción dada, respectivamente, por los artículos 45º y 47º de la ley 15.903 de 10 de noviembre de 1987, y a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Contaduría General de la Nación.

   El Presidente de la República 

                                DECRETA:

Artículo 1

   Amplíase el Plan de Inversiones Públicas Ejercicio 1989, el proyecto de Inversión siguiente en un monto total de N$ 140:000.000,00 (nuevos pesos ciento cuarenta millones) a financiarse con recursos extrapresupuestales:

   Inc.         Prog.          Unidad Ejecutora           Monto en N$

   11           003            008 Comisión del
                               Patrimonio Histórico,
                               Artístico y Cultural 
                               de la Nación

                               Proyecto 
                               Obras de Restauración 
                               Monumentos Históricos
                               Nº 722                   140:000.000,00 

Artículo 2

   Incorpórase al Plan de Inversiones Públicas Ejercicio 1989, el Proyecto de Inversión siguiente, por un monto total de N$ 44:000.000,00 (nuevos pesos cuarenta y cuatro millones) a financiarse con recursos extrapresupuestales:

   Inc.      Prog.           Unidad Ejecutora           Monto en N$
   11         003            008 Comisión del
                             Patrimonio Histórico,
                             Artístico y Cultural
                             de la Nación 
                             Proyecto
                             Equipamiento, 
                             reparaciones y 
                             acondicionamiento 
                             de sede de la Unidad
                             Ejecutora Nº 798          44:000.000.00.

Artículo 3

   Apruébase el Preventivo de Ingresos y Egresos de Fondos Públicos Extrapresupuestales (1) correspondiente al Ejercicio 1989 presentado por la Unidad Ejecutora 008 "Comisión del Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural de la Nación", del Programa 003 "Preservación del Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural de la Nación" del Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura" por un monto total de N$ 200:000.000,00 (nuevos pesos doscientos millones) de acuerdo a detalle consignado en anexo
adjunto, que es parte integrante del presente decreto.

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 278/989 de 
14/06/1989.

Artículo 4

   Dése cuenta a la Asamblea General. 

Artículo 5

   Comuníquese al Tribunal de Cuentas de la República, a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y a la Contaduría General de la Nación; publíquese, etc. 

SANGUINETTI - RICARDO ZERBINO CAVAJANI - ADELA RETA
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