Decreto N° 28/969
TRIBUTOS - IMPUESTOS DE MONTO FIJO O ESPECIFICOS
Promulgación: 14/01/1969
Publicación: 22/01/1969
Resumen:
Declárase que permanecerá incambiado el importe de los impuestos de monto
fijo o específicos no comprendidos en las disposiciones que se establecen.
Artículo 1
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