MODIFICACION DEL ART. 7 DEL DECRETO 118/017, RELATIVO A LA INSTRUMENTACION DE UN PROGRAMA DE BENEFICIOS COMERCIALES PARA EMPRESAS O ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES




Promulgación: 27/01/2020
Publicación: 05/02/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: el Decreto N° 265/019 de 9 de setiembre de 2019;

   RESULTANDO: I) que el Decreto mencionado extendió los plazos de los programas de beneficios comerciales de la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas para empresas y establecimientos industriales;

   II) que al modificarse el artículo 7 del Decreto N° 118/017 de 2 de mayo de 2017, en el párrafo segundo se estableció que los plazos mencionados no serían aplicables a las empresas comprendidas en el artículo 8;

   III) que dicha redacción excluyó de beneficios a empresas amparadas en el Decreto N° 361/015 de 29 de diciembre de 2015;

   CONSIDERANDO: que reexaminada la situación se entiende conveniente modificar el artículo 1 del Decreto N° 265/019 de 9 de setiembre de 2019, y permitir la extensión de beneficios comerciales a las empresas comprendidas en el Decreto N° 361/015 de 29 de diciembre de 2015;

   ATENTO: a lo expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 118/017 de 02/05/2017 
artículo 7.

Artículo 2

   El artículo 1 de este Decreto regirá desde el 9 de setiembre de 2019.

Artículo 3

   Comuníquese y publíquese.

   TABARÉ VÁZQUEZ - OLGA OTEGUI
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