Visto: el Proyecto de Reestructura y Racionalización Administrativa del
Inciso 26 - "Universidad de la República", elevado a consideración del
Poder Ejecutivo.
Resultando: I) Que dicho Inciso envió en plazo el Proyecto de
Reestructura de sus Servicios;
II) Que la Comisión a que se refiere el artículo 2º de la ley 14.800
aconsejó al Ministro de Economía y Finanzas y al Secretario de SEPLACODI,
su aprobación por el Poder Ejecutivo.
Considerando: que el Proyecto de referencia no produce lesión de
derechos funcionales y la partida utilizada no supera el tope legal.
Atento: a lo dispuesto por artículo 2º de ley 14.800, de 20 de junio de
1978,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Apruébase la Reestructura Presupuestal y Racionalización Administrativa
de los Programas 1.01 "Formación Profesional, Investigación y
Asesoramiento" y 1.04 "Servicios Hospitalarios (Hospital de Clínicas)"
del Inciso 26 en cuyo proyecto se encuentran incluidos los antecedentes
respectivos.