DEROGACION DE DECRETOS QUE ESTABLECIERON UN REGIMEN DE ASISTENCIA FINANCIERA Y DE CONTRALOR DE EXPORTACIONES PARA LA INDUSTRIA FRIGORIFICA




Promulgación: 23/05/1979
Publicación: 11/06/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1979
  •    Página: 1601
Referencias a toda la norma

Artículo 9

   El Banco Central del Uruguay, previo informe del Instituto Nacional de
Carnes, y con destino a atender el servicio de deuda de los documentos
redescontados según el régimen de las circulares números 232 y 352,
determinará el porcentaje de retención en moneda extranjera, sobre el
producido bruto de las exportaciones que efectúen las empresas
frigoríficas deudoras del citado régimen, pudiendo exigir asimismo, la
constitución de garantías suficientes.
Ayuda